Este lunes se concretó la firma de actualización del Protocolo Tripartito para eventos de sismo y tsunami entre el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED), el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA) y el Centro Sismológico Nacional (CSN) de la Universidad de Chile.
La instancia fue realidad en la Base Naval de Iquique y fue encabezada por el director de SENAPRED, Álvaro Hormazábal, junto al director del SHOA, el Contraalmirante Arturo Oxley; y la vicedecana (s) de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, Viviana Meruane.
La versión actualizada del protocolo conjunto considera información relativa a la Ley 21.364, que creó el SENAPRED e incluye temáticas asociadas a la actualización en los canales de telecomunicación, la nueva definición para zona de precaución, y precisiones en las condiciones necesarias para establecer una evacuación preventiva.
De acuerdo con lo comunicado por las autoridades, en el documento que se firmó durante la mañana de este lunes, se incluye un nuevo acuerdo complementario, en el que SENAPRED podrá solicitar a organismos técnicos información relativa a la amenaza de tsunami, la que podrá constituirse como insumo para la proposición de un informe que permita establecer un perímetro de seguridad, de acuerdo con la facultad que establece la ley 21.364.
Igualmente, para el caso de tsunamis que no tengan un origen sísmico, como en el caso de los eventos generados por remociones en masa o erupciones volcánicas, el SHOA, en caso de no contar con información técnica para efectuar una modelación en tiempo real, establecerá la amenaza de tsunami en base a la medición de las amplitudes que sean registradas por las estaciones del nivel del mar.
De igual forma, la actualización del protocolo incluye una nueva regla para las regiones de Aysén y Magallanes, que indica que, durante los primeros minutos de ocurrido un evento sísmico, y sin que aún exista evaluación del SHOA, SENAPRED establecerá como medida la “evacuación preventiva” hacia el área de seguridad, siempre y cuando se registre una intensidad igual o superior a VII en escala de Mercalli, y en zona costera.
Además, en caso de que SENAPRED declara evacuación preventiva y no se obtiene información del SHOA transcurridos 30 minutos desde la ocurrencia del sismo, mediante los medios de comunicación definidos en los anexos del protocolo, se ampliará el radio de evacuación al territorio nacional.
Al respecto, el director nacional de SENAPRED, Álvaro Hormazábal, señaló que “la actualización de este documento remplazará a la última versión del protocolo firmado el 18 de noviembre de 2019, e incorporará las adendas suscritas los años 2020 y 2021”.
“Este protocolo se da en el contexto de la nueva institucionalidad, vinculada a la ley 21.364, que estableció al nuevo Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, siendo uno de sus objetivos el continuar fortaleciendo los lazos de coordinación con los organismos integrantes del sistema, en especial con aquellas entidades técnicas para el monitoreo de las diversas amenazas”, agregó el director.