La Corte de Apelaciones de Santiago acogió los recursos de protección interpuestos por el abogado Luis Rendón, en representación de víctimas de la represión y ordenó el retiro de los retratos de los ex generales directores de Carabineros César Mendoza Durán y Rodolfo Stange Oelckers de las dependencias de la dirección general, galería de honor y de todo inmueble de la policía uniformada.
En fallos unánimes, la Sexta Sala del tribunal de alzada dio plazo de cinco días para el retiro de los retratos de quienes ejercieron el mando institucional durante el régimen militar, por considerar que su exhibición contraviene la garantía de no repetición de delitos de lesa humanidad, vigente en Chile.
En la misma, se señaló que “es de público conocimiento, según diversos testimonios institucionales, el papel que tuvo en Chile la Junta Militar de Gobierno, de la cual formaron parte los dos ex generales directores de Carabineros de Chile entre 1973 a 1985 y a 1990 correspondientemente, tanto en el quiebre del régimen republicano, al mando de un régimen de facto por espacio de diecisiete años”.
La resoluciones agregan que “sobre dicha base fáctica se puede afirmar que se transgrede, con la conducta denunciada de la institución, la normativa chilena cometiéndose la ilegalidad y antijuridicidad, según lo dispuesto en el artículo 5° inciso segundo de la Constitución Política de la República que dispone que los órganos del Estado deben respetar y promover los derechos garantidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales”.
Tras la orden de la Corte de Apelaciones, el abogado que presentó los recursos de protección, Luis Rendón, señaló en su cuenta de X, que “terminó la burla a las víctimas de las violaciones de los derechos Humanos y un paso más en la consecución de una policía para todos los chilenos”.
Asimismo agregó Rendón, que espera que el Gobierno no apele de esta resolución a la Corte Suprema, que se instruya a la ministra del Interior y por su intermedio a Carabineros para que acate esta decisión judicial.
El tribunal de alzada señaló que “en efecto, ninguna institución estatal, en general, ni Carabineros de Chile, ni el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en particular, puede vincularse en términos positivos al realce y exaltación de las figuras históricas señaladas, que se encuentran relacionadas íntimamente con las transgresiones al ordenamiento chileno”.
“Por tanto, el tribunal resolvió que se ordena a Carabineros de Chile, el retiro de los cuadros al óleo correspondientes a los señores César Mendoza Durán y Rodolfo Stange Oelckers, del acceso principal del tercer piso del edificio de las dependencias de la Dirección General de Carabineros, pasillo central, de la galería de honor de directores generales de esa institución, ubicada en el ingreso al Teatro de Carabineros en la Escuela de Oficiales, contiguo al Museo de Carabineros y de cualquier inmueble o espacio público o fiscal”, sostuvo el fallo.