Un nuevo proyecto de la agenda de seguridad fue aprobado y despachado al Ejecutivo por la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados. Se trata de la iniciativa que establece la obligatoriedad para los contribuyentes de realizar inicio de actividades cuando operen en el comercio exterior.
Particularmente, se establece una presunción de iniciación de actividades para personas que operan en el comercio exterior realizando importaciones a Chile en un período móvil de 12 meses. Aplica para valores de al menos 3 mil dólares, por cada importación o de manera agregada. Dichos valores excluyen costos de exportación, como seguros y fletes.
Se excusarán de lo anterior las personas que acrediten, fehacientemente, que se trata de bienes destinados a su consumo o uso personal.
En otras palabras, constituirá una presunción de que la persona está adquiriendo productos para su posterior comercialización, cuando esté realizando una serie de importaciones en 12 meses que en su totalidad sumen o superen el mismo valor.
La ley aprobada era parte de otro proyecto de ley, aún en trámite en el Senado. Pero, dada la urgencia de sacar adelante esta normativa, se optó por avanzar separadamente.
La idea es proteger el patrimonio fiscal y la seguridad nacional, dotando de una herramientas al SII y Aduanas en materia de fiscalización de infracciones, delitos tributarios, aduaneros y del crimen organizado, mediante el establecimiento en el Código Tributario de la citada presunción de iniciación de actividades.
El objetivo es obstaculizar el comercio ilegal a gran escala. Asimismo, evitar el comercio informal mediante la utilización de plataformas digitales. También impedir la vulneración de la norma a través de la segmentación de importaciones.