Este martes 26 de diciembre, el Diario Oficial publicó la Ley N° 21.638, la cual establece el deber de efectuar registros audiovisuales de las actuaciones policiales autónomas en el procedimiento penal.
La normativa fue promulgada por el presidente Gabriel Boric el pasado martes 12 de diciembre y establece el uso de cámaras corporales para Carabineros y la Policía de Investigaciones (PDI).
En una primera etapa, la medida aplicará en las unidades especiales de Carabineros como Control de Orden Público (COP), OS7 y OS9 , y de la PDI, las brigadas de Investigación Criminal, de Antinarcóticos, de Reacción Táctica, de Crimen Organizado y de Operaciones Especiales.
La ley establece que los registros audiovisuales en actos policiales estén como medio de prueba con el fin de proteger a las personas sobre el actuar de las policías, así como también resguarda a los efectivos ante denuncias irresponsables o infundadas.
De esta manera, las imágenes y sonidos registrados en medio del actuar de las distintas policías en los procedimientos tendrán que ser entregados al Ministerio Público en caso de que alguna investigación lo requiera.
El presidente Boric destacó la normativa que regula los registros audiovisuales en labores policiales y expresó que “es un proyecto que se tramitó en 5 meses, lo que demuestra que es posible unirnos y trabajar poniendo los intereses de Chile por delante”.
Por su parte, la ministra del Interior, Carolina Tohá, indicó tras la promulgación que “la gracia de tener un sistema de este tipo es que genera una garantía para toda la sociedad, para funcionarios policiales y para ciudadanos que son objeto de las operaciones policiales”.
Cabe mencionar que la legislación establece también sanciones para los funcionarios policiales que sin orden previa modifiquen, oculten, eliminen o alteren de cualquier forma los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual.