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Tribunal de Iquique condena a 6 años de presidio a autores de estafas y falsificación de instrumento público

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Toledo Riveros y Arredondo Zamora las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Neysmy Liz Toledo Riveros y Gilberto Gonzalo Arredondo Zamora a sendas penas únicas de 6 años de presidio, en calidad de autores de los delitos consumados de estafa reiterada y falsificación y/o uso malicioso de instrumento público falso. Ilícitos cometidos en la ciudad, entre octubre de 2016 y comienzos de 2017.

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Toledo Riveros y Arredondo Zamora las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que a mediados de octubre de 2016, la víctima conoció a Toledo Rivera, quien la visitó en su domicilio ubicado en comuna de La Florida, Región Metropolitana, debido a una relación familiar que mantenía con la pareja de la víctima.

Ocasión en la cual Toledo Rivera le dijo que mantenía en la ciudad de Iquique una empresa constructora –la Sociedad de Inversiones Santo Domingo Limitada– y le ofreció trabajo como encargada de coordinar movimientos de tierra y sal, lo que implicaría trasladarse a la ciudad de Iquique, lo que se concretó mediante firma de contrato ante notario.

En diciembre de 2016, le ofreció crear una nueva empresa en la cual sería socia, para lo que debía realizar un aporte de capital, indicándole que podía aportar su casa, a través de una venta y posterior hipoteca que financiaría el aporte, hipoteca que sería pagada con las utilidades que generara la empresa que se iba a crear.

La víctima aceptó la oferta y acudió junto a Toledo Riveros a una notaría en la comuna de La Florida, para suscribir dos escrituras públicas preparadas por la sentenciada: una para constituir la empresa Constructora del Solar Limitada; y la segunda por la compraventa de propiedad, venta por la que la ofendida no recibió suma alguna.

En marzo de 2017, la víctima se trasladó a Iquique con su familia, instalándose en un departamento entregado por Toledo Riveros y Arredondo Zamora, inmueble que en julio de 2017, debió abandonar debido a que una corredora le informó que los propietarios eran terceros, por lo que la víctima contactó a Toledo Riveros y Arredondo Zamora para que le explicaran lo sucedido.

En definitiva, todo el despliegue y puesta en escena efectuada por los imputados, tenía por objetivo ocultar que tanto la sociedad de inversiones como la constructora, nunca intervinieron o participaron en proyecto alguno ni siquiera el domicilio declarado en documentos y ante el Servicio de Impuestos Internos, correspondía a oficinas comerciales.

Además, antes y durante la época de los hechos ninguna de las personas jurídicas e imputados, fueron propietarios de camiones para transporte de material como habían aseverado y tampoco mantuvieron los recursos económicos que les permitiera asumir las inversiones, proyectos y licitaciones que habían afirmado mantener.

El inmueble de la víctima no le fue devuelto ni recuperado, ya que fue transferido por los condenados a terceros, causándole un perjuicio por el monto de $89.000.000.

Un segundo hecho acreditado se registró a comienzos de diciembre de 2016, mes en el cual la segunda víctima conoció a Toledo Riveros, quien se presentó como empresaria y le ofreció invertir en un proyecto de transporte de sal con ganancias entre $400.000.000 y $500.000.000, y que su empresa –la Sociedad de Inversiones Santo Domingo–, mantenía una decena de camiones para realizar el transporte entre una mina de sal y el puerto de Patache, solicitándole el aporte de una suma de dinero para cubrir la boleta de garantía del supuesto proyecto y para financiar la compra de más camiones.

Tras suscribir una escritura pública, la víctima aportó la suma total de $122.900.000 mediante cheques a Toledo Riveros y transferencias electrónicas sucesivas a Zamora Arredondo.

Para generar la convicción que se trataba de una operación real y seria, Toledo Riveros y Zamora Arredondo confeccionaron e hicieron uso de diversos documentos con los cuales se comprometían a pagar la inversión efectuada por el afectado y las utilidades proyectadas; además de llevarlo a “conocer” la mina de sal y el movimiento de camiones y a reuniones con los ejecutivos de la empresa Inversiones Santo Domingo, que resultaron ser familiares de los condenados.

Este despliegue y puesta en escena que hizo que la víctima creyera que se trata de un negocio real. Sin embargo, nunca recibió los pagos comprometidos y el dinero aportado fue utilizado para gastos personales por Toledo Riveros y Zamora Arredondo.

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