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Miércoles, Abril 23, 2025
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Cámara aprueba prohibición de licencias de conducir profesionales a condenados por delitos sexuales

Por unanimidad, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó un proyecto que modifica la Ley de Tránsito, estableciendo que los postulantes a licencias de conducir de las clases A-1, A-2 y A-3 deberán acreditar que no tienen antecedentes por delitos sexuales. La iniciativa ahora pasa a fase de promulgación.

El proyecto establece que quienes postulen a licencias para transporte público y de pasajeros no deben tener antecedentes por delitos como:

  • Violación.
  • Estupro y delitos sexuales relacionados.
  • Explotación sexual comercial y material pornográfico de niños, niñas y adolescentes.

Para ello, se exigirá el certificado de antecedentes para fines especiales del Registro General de Condenas.

Además, la norma prohíbe a los condenados por estos delitos desempeñarse en cualquier tipo de transporte público de pasajeros. En caso de incumplimiento, la licencia de conducir será cancelada.

Regulación y fiscalización

El proyecto también modifica el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, estableciendo que la información será pública y deberá mantenerse actualizada.

  • Los operadores de transporte público deberán exigir cada seis meses a sus conductores un certificado que acredite que no están afectados por esta inhabilidad.
  • El ministerio cancelará la inscripción de conductores que no cumplan con los requisitos.

Con esta nueva normativa, se busca reforzar la seguridad en el transporte público, evitando que personas con antecedentes por delitos sexuales puedan optar a licencias profesionales o trabajar en el sector.

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