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Fiscalía decide no perseverar en investigación por delito de enriquecimiento ilícito en contra de exalcalde Ramón Galleguillos

La Fiscalía de Tarapacá informó, en una audiencia realizada en el Juzgado de Garantía de Iquique, la decisión de no perseverar en la investigación por el delito de enriquecimiento ilícito que se seguía en contra del exalcalde de Alto Hospicio y actual candidato a diputado, Ramón Galleguillos (RN), y César Villanueva.

La comunicación de esta decisión fue realizada por el fiscal Juan Zepeda, el pasado martes 11 de noviembre al no reunirse antecedentes suficientes que permitieran fundar una acusación en contra de las personas denunciadas.

La investigación se originó tras una querella interpuesta en abril de 2020 por el abogado y actual candidato a senador, Hugo Gutiérrez (PC), en contra de Galleguillos y Villanueva por los delitos de enriquecimiento ilícito, obtención de beneficio económico a través del uso indebido de información reservada y lavado de activos o dinero. 

Ese mismo año, Gutiérrez en su calidad de querellante decidió conferir el patrocinio y poder en la causa a los abogados y actuales candidatos al Congreso, Matías Ramírez (PC) y Enzo Morales.

Tras conocerse la decisión del Ministerio Púbico, el abogado Morales afirmó que “la Fiscalía decidió por ahora no continuar con la investigación penal, debido a la falta de colaboración de las instituciones auxiliares y policiales en la realización de las diligencias decretadas por la justicia cuando ordenó la reapertura del proceso penal”.

“Así, una vez que se recaben nuevos antecedentes se podrá reactivar la investigación penal en contra de los imputados Ramón Galleguillos y César Villanueva, por los delitos de incremento patrimonial relevante injustificado y/o enriquecimiento ilícito; obtención de beneficio económico a través del uso indebido de información reservada; y lavado  de activos o dinero; previstos y sancionados en los artículos 241 BIS y 247 BIS del código penal y 27 de la Ley 19.913, de lavado y blanqueo de activos”, agregó. 

Asimismo, el jurista aclaró que “se mantiene firme la resolución que rechazó el sobreseimiento definitivo solicitado por la defensa de los imputados, la pareja Galleguillos y Villanueva, decisión adoptada por el Juzgado de Garantía y ratificada por sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique”.

Desde el Ministerio Público indicaron a Radio Paulina que “realizadas las diligencias investigativas, no se han reunido antecedentes que permitan presentar una acusación en contra de las personas denunciadas” y que “la decisión se tuvo por comunicada por el tribunal”. No obstante, no se refirieron a lo planteado por el abogado querellante.

Cuatro años de investigación desformalizada

En agosto de 2024 se realizó la primera audiencia solicitada por la Fiscalía en la que se comunicó la decisión de no perseverar en la investigación al no reunir los antecedentes suficientes para fundar una acusación. A la vez, el Juzgado de Garantía de Iquique acogió el sobreseimiento definitivo solicitado por la defensa.

Sin embargo, el querellante Morales estuvo ausente y dado que había presentado un escrito solicitando la reprogramación de esta y no se revisó en la audiencia, pidió la nulidad de lo obrado, siendo rechazado por el tribunal.

El abogado recurrió ante la Corte de Apelaciones Iquique y el tribunal acogió el recurso, anulando lo obrado y ordenando una nueva audiencia de comunicación de no perseverar y sobreseimiento definitivo.

Así las cosas, el 15 de septiembre de 2024, la Fiscalía comunicó nuevamente su decisión de no perseverar, pero en esta ocasión el tribunal rechazó la solicitud de sobreseimiento pedida por la defensa. Además, el querellante pidió fijar una audiencia de reapertura de investigación y la defensa apeló contra el rechazo del sobreseimiento definitivo.

Un mes después, la Corte de Apelaciones confirmó la resolución del tribunal que rechazó el sobreseimiento definitivo del exalcalde Galleguillos y Villanueva. Transcurrido una semana, el tribunal decretó la reapertura de la investigación, ya que no se realizaron las pericias solicitadas por el querellante, por ello se estableció un plazo de 90 días para cumplir las diligencias pendientes. 

Además, el 27 de noviembre de 2024, la corte rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de los acusados. El tribunal argumentó que “la investigación no está formalizada ni vislumbra una perturbación o amenaza a la libertad personal o seguridad individual”.

Meses después, el 21 de marzo del presente año, se realizó una audiencia de control de plazo de investigación, donde el Ministerio Público informó que quedaban diligencias pendientes solicitadas por el querellante.

En agosto pasado, se realizó audiencia por solicitud de la defensa y en la instancia el tribunal, considerando que estaba vencido el plazo para efectuar las diligencias pendientes y que no se había solicitado la ampliación de la investigación, pidió a la Fiscalía que informe si pretendían cerrar la investigación.

Un mes después, el Ministerio Público comunicó el estado procesal de la causa, constando que esta se encontraba desformalizada, pero con diligencias pendientes por realizar. Sin embargo, la defensa presentó un nuevo recurso de amparo, esta vez, porque el plazo de la investigación se encontraba vencido y pidió cumplir con el término de la causa.

Así las cosas, el pasado 8 de octubre, la Fiscalía informó el cierre administrativo de la causa y la decisión de no perseverar en la investigación.

“Esta Fiscalía (…) ha decidido no perseverar en este procedimiento, por cuanto durante la investigación realizada no se han reunido antecedentes suficientes para fundar una acusación.   por cuanto durante la investigación realizada no se han reunido antecedentes suficientes para fundar una acusación”, se detalla en la petición del Ministerio Público.

Cabe mencionar que el pasado 16 de octubre, la Corte de Apelaciones rechazó un nuevo recurso de amparo presentado por los acusados. No obstante, un mes después, el Ministerio Público informó su decisión de no perseverar en la investigación. 

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