La Contraloría General de la República tomó razón del reglamento que permitirá al Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género interponer querellas por femicidio, femicidio frustrado o tentado sin necesidad del patrocinio de familiares de la víctima.
Con esta medida, el Estado podrá iniciar acciones judiciales de manera autónoma, asegurando la persecución penal de estos delitos incluso cuando los familiares no puedan o no quieran asumir el rol de querellantes.
Hasta ahora, el SernamEG dependía de que un familiar directo de la víctima otorgara un mandato legal para poder presentar una querella en estos casos.
Con el nuevo reglamento, el organismo podrá actuar por iniciativa propia, garantizando que los casos de violencia extrema contra las mujeres no queden sin persecución penal por falta de patrocinio.
La normativa busca además evitar retrasos en las etapas iniciales de las investigaciones, especialmente en situaciones donde las familias se encuentran en condiciones de vulnerabilidad, temor o carecen de recursos para iniciar los trámites legales.
Desde el gobierno han señalado que esta herramienta permitirá reforzar el rol del Estado en la defensa de las víctimas y en la aplicación de la legislación vigente sobre violencia de género.
El reglamento se enmarca en la implementación de la Ley Antonia, normativa que busca fortalecer los protocolos de protección, investigación y justicia para víctimas de delitos sexuales y de género.
Con esta modificación, el Estado podrá participar activamente en los procesos judiciales desde el inicio, contribuyendo a asegurar que se apliquen las agravantes establecidas en la legislación sobre violencia contra las mujeres.



