La Corte de Apelaciones de Iquique elevó a $100 millones la indemnización por daño moral que la Municipalidad de Iquique deberá pagar a la hija y nieta de un adulto mayor que falleció tras sufrir una caída en una vereda que se encontraba en trabajos de remodelación, sin delimitación ni señalización adecuada.
En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal confirmó la sentencia dictada por el Tercer Juzgado de Letras de Iquique, aumentando la compensación por daño moral a $60 millones para la hija y $40 millones para la nieta de la víctima. Además, mantuvo el pago de $14.643.420 por concepto de lucro cesante.
La Corte estableció que la Municipalidad mantiene la obligación de supervisar y fiscalizar el estado de los bienes nacionales de uso público, incluyendo las veredas destinadas al tránsito peatonal, descartando los argumentos del municipio para eximirse de responsabilidad.
Asimismo, el tribunal recordó que la Ley de Tránsito establece la responsabilidad civil de la municipalidad cuando un accidente es consecuencia del mal estado de las vías públicas o de una señalización inexistente o inadecuada.
Respecto del aumento de la indemnización, la Corte consideró acreditado que tanto la hija como la nieta del fallecido sufrieron una afectación importante e irreversible en su calidad de vida, debido al estrecho vínculo familiar y a las circunstancias en que ocurrió el deceso.
Por ello, el tribunal estimó insuficiente la suma fijada inicialmente y resolvió elevar el monto de la reparación por daño moral, manteniendo sin modificaciones la indemnización por lucro cesante.



