Frente a los diferentes casos discriminatorios que se han conocido en el país hacia funcionarios de la salud en sus propios condominios y edificios, es que el ministro de Vivienda y Urbanismo, Cristián Monckeberg, presentó las modificaciones incluidas en un proyecto que actualiza la Ley de Copropiedad vigente y que establece la prohibición de disposiciones discriminatorias en sus reglamentos.
En ese sentido, el titular del Minvu explicó que hay dos indicaciones claves que se ajustan a lo que están viviendo los funcionarios de salud, a propósito de la contingencia por COVID-19, y que impedirá que sigan siendo amedrentados por el uso de espacios comunes, ascensores y áreas verdes.
En primer lugar, se contempla que los reglamentos de copropiedad deben observar plenamente las normas de la Ley Antidiscriminación (N° 20.609). En caso que las disposiciones del reglamento de copropiedad no se ajusten a dicha ley, puede ejercerse una acción de nulidad ante el Juzgado de Policía Local. En segundo lugar, el proyecto también contempla que el comité de administración podrá dictar normas que faciliten el uso y administración del condominio, “en la medida que no impliquen una discriminación arbitraria respecto de cualquiera de sus ocupantes, sean estos permanentes o transitorios”.
Sobre la situación que está viviendo el personal de salud, el ministro Monckeberg afirmó que “lamentablemente hemos visto situaciones de discriminación que han sufrido funcionarios de la salud, cuando llegan a sus casas, condominios o edificios. Situaciones de discriminación que les impiden, por ejemplo, tomar el ascensor o utilizar los espacios comunes. Esto carece de toda lógica y es absolutamente ilegal. En la noche los aplaudimos y agradecemos la labor que hacen, y en el día los discriminamos y no los dejamos ni acercarse a sus casas”.
“Estamos modificando la Ley de Copropiedad. Lo que busca es evitar estas situaciones de discriminación y que cuando se produzcan, se sancione a quienes están alentando este tipo de acciones, como puede ser el comité de administración que tome una decisión discriminatoria”, añadió la autoridad.
En caso de ser víctima de un acto discriminatorio, el ministro Monckeberg explicó que se puede interponer una denuncia por discriminación arbitraria ante el Juez de Letras con jurisdicción en el domicilio del afectado. Asimismo, las modificaciones al reglamento de Copropiedad deben aprobarse en una asamblea de propietarios. Si la medida prohibitoria (restricción de uso de ascensores o áreas comunes) no ha sido aprobada en una asamblea de propietarios, se puede denunciar al comité de administración o al Juez de Policía Local.
Otras modificaciones que incluye el proyecto de ley
- Facilita la tenencia de mascotas y animales de compañía.
- Incorpora la celebración de convenios de pago con residentes morosos de gastos comunes, de manera tal de buscar alternativas para el pago y que no se deba incurrir en cortes de servicios básicos.
- Se ajusta a los tiempos actuales y permite la utilización de recursos digitales por sobre la necesidad presencial del residente.
- Antes de vender o transferir una vivienda, se deberá declarar que ésta no tiene deudas del condominio.
- Los miembros del Comité de Administración podrán acceder a descuentos en los gastos comunes.
- Se crea el Registro Nacional de Administradores de Condominios, requisito para ejercer esa actividad.
El proyecto de ley presentado por el Gobierno ya fue aprobado por unanimidad en la Sala del Senado y ahora continuará su tramitación en la Cámara de Diputados. El pasado miércoles la Comisión de Vivienda de la Cámara estimó solicitar la suma urgencia en su tramitación, pues las materias que involucra tienen alta relación con la contingencia por COVID-19.