La Corte de Apelaciones de Iquique resolvió que el próximo lunes será vista la apelación por el rechazo a la prisión preventiva de Daniel Luna Hidalgo, ex camarógrafo de la intendencia regional de Tarapacá, acusado por “captar, grabar y fotografiar imágenes de carácter privado, realizadas en lugares que no sean de libre acceso público”, durante más de 10 años.
En la audiencia realizada el pasado 22 de junio, el Juzgado de Garantía de Iquique acogió la solicitud de la Fiscalía y decretó solo las cautelares de arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas. Por lo que el abogado querellante de una de las víctimas, Enzo Morales, apeló a la medida dispuesta, ya que se rechazó la solicitud de prisión preventiva requerida dada la gravedad de los hechos y la vulneración de las víctimas.
Recordar que entre los años 2008 y 2019, el imputado grabó en diversas oportunidades las zonas genitales de mujeres y un hombre, cuando estas personas se encontraban al interior de los baños de distintos domicilios particulares y lugares donde el imputado trabajaba. Para realizar estas grabaciones, el imputado instaló cámaras ocultas, guardando el material en diversos discos duros.
Las pericias realizadas por la Policía de Investigaciones a diversos soportes que mantenía el imputado en su poder permitieron encontrar 67 videos con imágenes de 66 mujeres y un hombre. Según la fiscal Priscilla Silva se pudo identificar a 5 víctimas que aparecen en los videos.
En su oportunidad, la fiscal Silva explicó que Luna fue formalizado por infringir el artículo 161 letra A del Código Procesal Penal, el cual señala que el que sin autorización del afectado y por cualquier medio, capte, intercepte, grabe o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado; sustraiga, fotografíe, fotocopie o reproduzca documentos o instrumentos de carácter privado; o capte, grabe, filme o fotografíe imágenes o hechos de carácter privado que se produzcan, realicen, ocurran o existan en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público arriesga la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 UTM. Y reclusión menor en su grado máximo y multa de 100 a 500 UTM, si la persona que las haya obtenido las divulgue.