El pleno de la Convención Constitucional aprobó un mecanismo por el que un constituyente podrá renunciar a su cargo en caso de enfermedades inhabilitantes.
El órgano determinó que será el propio pleno el que acredite la gravedad de la enfermedad. De este modo se abre una ventana para abordar la situación de Rodrigo Rojas Vade, quien oficializó su intención de renunciar al órgano.
De esta forma, se analizó el artículo 28 sobre “cesación en el cargo” que, entre algunos de sus puntos destaca que cesará sus funciones en la convencional quien “se ausentare del país por más de treinta días sin permiso del Pleno”, o quien haya infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral.
De la misma forma también considera que “las y los convencionales constituyentes podrán renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñar su cargo y así lo califique el Pleno”.
Asimismo, la Convención aprobó un mecanismo de reemplazo en caso de renuncia de constituyentes independientes. De esta manera, estableció que “serán reemplazados por la persona del mismo género que haya obtenido la siguiente más alta mayoría de la misma lista”.