El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Orlando Iván Peralta Rojas a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Peralta Rojas las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, Peralta Rojas fue condenado al pago de un tercio de una Unidad Tributaria Mensual, como autor ejecutor de la falta penal de lesiones leves.
El tribunal dio por acreditado, que en horas de la madrugada del 13 de junio de 2020, Peralta Rojas, junto a terceros, concurrió al domicilio de la víctima, César Alexander Mancilla Becerra, ubicado en la villa Frontera, comuna de Arica, inicialmente con la finalidad de participar de una reunión que se celebraba en el lugar. En ese contexto mantuvo una discusión con la víctima, siendo agredido además el acusado por algunas personas que estaban en el lugar, luego de lo cual se retira del inmueble.
Posteriormente, aún en horas de la madrugada del mismo día, en circunstancias en que las víctimas César Mancilla Becerra y Wilson Godoy Espinoza caminaban por calle Rafael Durán de Villa Frontera, se acercó a ellos el acusado Orlando Peralta Rojas, el que se abalanzó sobre la víctima Mancilla Becerra, propinándole en el acto una puñalada con un cuchillo en el pecho, siendo esta víctima auxiliada por la víctima Godoy Espinoza, el que intenta reducir al imputado, siendo igualmente agredido por Peralta Rojas, sufriendo esta segunda víctima lesiones consistentes en laceración de 7 milímetros en región pectoral izquierda y laceración de 1.5 centímetros, en hombro derecho y aumento de volumen en dorso de mano derecha causadas por el acusado.
A consecuencia de la agresión, Mancilla Becerra resultó con lesiones de carácter grave, potencialmente letales, consistente en una herida penetrante torácica en la región esternal, con hemotórax y hemopericardio con desgarro superficial, debiendo ser la víctima trasladada hasta el hospital local, donde fue intervenido quirúrgicamente, ya que de no haber sido atendido oportunamente, habría fallecido a raíz del actuar del imputado.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.