El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó Juan Antonio Mella Olivares y Ángel Gabriel Araya Araya a 7 años de presidio efectivo; en tanto, José Luis Pantoja Muñoz deberá cumplir 5 años y un día de reclusión, en calidad de autores del delito consumado de robo con violencia. Ilícito perpetrado en julio del año pasado, en la comuna de Alto Hospicio.
El tribunal dio por acreditado, que aproximadamente a las 17:00 horas del 8 de julio de 2020, a la altura del kilómetro 27 de la ruta A16, de la comuna de Alto Hospicio, Ángel Araya Araya, Juan Mella Olivares, José Pantoja Muñoz y un cuarto sujeto, quienes iban a bordo de un automóvil, procedieron a detener, simulando ser policías, el camión marca Volvo, modelo FH12, placa patente única KHVT.65, que era conducido por G.C.S., en el cual transportaba mercaderías (ropa, zapatillas, teléfonos celulares e impresoras) desde la Zona Franca de Iquique con destino a la ciudad de Arica.
Luego Araya Araya, Mella Olivares y Pantoja Muñoz descendieron del automóvil, apuntando con armas a G.C.S. indicándole que su mercadería era ‘chuta’, obligándolo a bajar del camión para subirlo al automóvil, dejando el camión con la mercadería en la ruta con las llaves puestas, el cual fue llevado por un quinto hechor. Es así que G.C.S. es trasladado por el camino que lleva a Caleta Buena, lugar donde lo bajaron del móvil, le sustrajeron su billetera con 150 mil pesos en efectivo y teléfono celular, propinándole golpes y abandonándolo en esa ruta.
A consecuencia de los golpes, la víctima resultó con hematoma en región parietal derecha y equimosis pierna izquierda de carácter leve.
En la determinación de las penas, el tribunal tuvo presente que la atenuante de la irreprochable conducta anterior, “únicamente beneficia a Pantoja Muñoz, a razón de ser el único con un extracto de filiación carente de anotaciones prontuariales pretéritas, a lo que se une que también únicamente a él le beneficia la minorante de la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, ya que fue el único que admitió su autoría en el crimen, cuestión que Mella Olivares negó y que Araya Araya no expresó, por haber hecho uso de su derecho a guardar silencio”.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Mella Olivares, Araya Araya y Pantoja Muñoz las accesorias legales de inhabilitación perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.