La Corte de Apelaciones de Arica rechazó los recursos de apelación presentados por las defensas y mantuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a Judit Vega Sapiaín e Ivo Valdés Araibel, imputados por el Ministerio Público como autores del delito consumado del delito de robo con violencia perpetrado en julio pasado, en la ciudad.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada ordenó la permanencia de Vega Sapiaín en el Centro Penitenciario Femenino y Valdés Araibel en el Complejo Penitenciario de Acha, por considera que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
Según el Ministerio Público, el 31 de julio a las 1.15 horas los imputados Judit Vega Sapiaín, Ivo Valdés Araibel y Osmar Junio Castillo (también en prisión preventiva en la misma causa), previamente concertados ingresaron a un inmueble ubicado en calle Las Tacas de Arica para lo cual fracturaron el portón, rompieron la puerta de entrada de la casa y unas ventanas con el fin de apropiarse de diversas especies, como un equipo musical, dos secadores del pelo, perfumes y cremas de diferentes marcas.
En dicho contexto, la víctima P.A.P.M. se percata del hecho, ingresa al inmueble y trata de detener a los imputados, instantes en que fue agredida con golpes de pies y puño. Además, la imputada Judit Vega premunida de un machete agrede a la víctima, provocándole lesiones.
La víctima se retira del lugar y observa que los imputados sacan las pertenencias y las guardan en un inmueble cercano en el mismo pasaje. Ante ello, la víctima llama a Carabineros, que acuden al sector y verifica que los imputados se encontraban en dicho inmueble con las pertenencias sustraídas previamente.
A raíz de los hechos, la víctima quedó con contusión de hombro derecho y rodilla derecha de carácter menos grave.
En el fallo, el tribunal sostiene que “respecto de Judit Alejandra Vega Sapiain según lo expuesto en la acusación atacó con un machete a la víctima ocasionándole lesiones, lo que demuestra un alto grado de desprecio por la integridad física de la víctima, que también es mujer, frente a lo cual en concepto de esta Corte deben ceder los parámetros contenidos en las Reglas de Bangkok que en su caso particular solamente aplicaría a aquel referente a la existencia de sus hijos menores de edad, quienes en todo caso se encuentran al cuidado de su abuela, por lo que se confirma la resolución apelada de 27 de octubre de 2021”, sostiene el fallo.