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Contraloría concluyó que Rubilar vulneró el principio de prescindencia por instrucciones de ayudar a la campaña de su pareja

Durante este viernes, la Contraloría General de la República dio a conocer su dictamen respecto a las acusaciones conocidas hace algunas semanas contra la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, concluyendo que las instrucciones de la aludida, van en contra de la probidad administrativa y vulnera el principio de prescindencia política en periodo electoral.

En concreto, un reportaje televisado dejó en descubierto eventuales irregularidades cometidas al interior del ministerio de Desarrollo Social. Se acusa que Rubilar entregó instrucciones a funcionarios públicos de su cartera y al departamento de Comunicaciones, a través de un chat de Whatsapp, solicitando ayuda para la campaña de su pareja, Christian Pino.

Ante esto, el dictamen de la Contraloría indicó que “se advierte que aquella entrega instrucciones a los destinatarios del grupo para que apoyen y promocionen la candidatura del señor Pino Lanata, ejerciendo de este modo su autoridad para beneficiar la campaña de su pareja; conversaciones cuya existencia y tenor no han sido desmentidos en el informe de la Subsecretaría de Evaluación Social”.

Respecto a un supuesto uso de recursos públicos para la campaña de Pino, el ente contralor indica que “Si bien no está acreditado que con ocasión de los hechos denunciados hubo utilización de recursos públicos, de haberse cumplido las instrucciones que la Ministra Rubilar Barahona impartió en dicho grupo de WhatsApp a funcionarios de su dependencia y de su confianza, ello habría implicado una infracción de la normativa antes reseñada sobre probidad, por haberse ocupado tiempo de la jornada de trabajo y empleo de recursos públicos”.

Asimismo, se enfatiza que “dichas instrucciones impartidas constituyen una vulneración de la prohibición consistente en que las autoridades de los órganos y servicios de la Administración no pueden, por ningún medio, dar órdenes, instrucciones o sugerencias que impliquen o induzcan a los funcionarios de su dependencia a transgredir los principios y normas acerca de la prescindencia política de los servidores de la Administración del Estado, aunque se desconozca si dichas instrucciones efectivamente se cumplieron”.

Finalmente, Contraloría recalca que los “Ministros de Estado no pueden usar su autoridad para fines ajenos a sus funciones, ni con ocasión del ejercicio de su cargo, ordenar ni incentivar a los funcionarios bajo su dependencia a promover, de cualquier modo, a candidatos o campañas electorales”.

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