Gendarmería expresó su “total compromiso” para trabajar en mecanismos que permitan garantizar el derecho a sufragio de personas privadas de libertad que estén habilitadas a ejercerlo, tras el fallo de la Corte Suprema que ordenó adoptar medidas con ese fin.
En una declaración, remarcó su compromiso a trabajar con el Servel para eso y sobre los 147 reos de Colina II, al que se refiere el tribunal, aseguró que “sólo 112 permanecen presos y de éstos sólo 24 están habilitadas para sufragar”.
La medida se tomó, luego de que la ONG Asociación Pensamiento Penal interpusiera un recurso de protección por estas 147 personas, que se vieron impedidas de ejercer su derecho a voto en el plebiscito constitucional realizado el 25 de octubre de 2020.
Desde la institución, comunicaron que “en nuestro ordenamiento institucional, el organismo público que tiene la exclusiva competencia y responsabilidad de administrar, supervigilar y fiscalizar los procesos electorales, es el Servicio Electoral”, detallaron.
Asimismo, Gendarmería enfatizó en que está “disponible para tomar todas las medidas administrativas y operativas que sean necesarias para habilitar el derecho al sufragio de las personas privadas de libertad, cuando así corresponda, en función de lo que el Servel instruya y bajo su estricta supervisión”.
El día jueves, Servel explicó que no son ellos los que impiden “el voto de los privados de libertad. Es el procedimiento legal el que obliga la concurrencia de estos electores al local y mesa de votación que les corresponde. Gendarmería por su parte no puede efectuar los traslados en condiciones de seguridad”.
Por otro lado, en el fallo de la corte Suprema, se explicitó que “se puede concluir, contrariamente a lo señalado por las recurridas, que el Servicio Electoral está facultado para determinar la instalación de locales de votación en un recinto penitenciario”.