La Contraloría General de la República dictaminó este martes, que las y los trabajadores a honorarios de la Administración Pública deberán, de forma gradual, avanzar a sistema de contrata en los casos en que cumplan el mismo régimen laboral que otros compañeros de trabajo.
El dictamen restringe las contrataciones de honorarios, salvo para situaciones excepcionales. Se espera que para 2023 esta nueva jurisprudencia tenga plena aplicación.
La entidad decidió actualizar la jurisprudencia argumentando que la modalidad a honorarios es una fórmula “sobreutilizada” en la Administración del Estado que deja en desprotección laboral a los funcionarios, pese a cumplir prácticamente el mismo régimen laboral que los que están de planta y contrata.
Por otro lado, se explica que cuando un funcionario a honorarios es despedido, éste puede recurrir a los tribunales, logrando el pago de cuantiosas indemnizaciones, que contemplan cotizaciones y demás recargos legales.
Al respecto, el Contralor General Jorge Bermúdez manifestó que “es una normativa que hacía mucho tiempo que no se aplicaba tal como se establece”.
Asimismo, explicó que “eso no quiere decir que no va a haber contratados a honorarios, pero que las personas que pasan a desempeñar la función pública, la labor que es habitual del servicio, van a tener que estar en una vinculación que es pública y no con el contrato a honorarios que es una situación mucho más precaria”.
Finalmente, el dictamen señala que el régimen de honorarios se mantendrá de manera excepcional para asesorías específicas, funciones en gabinetes y otras situaciones, aplicándose el nuevo criterio a las nuevas contrataciones que no tenían un contrato a honorarios vigente al 31 de diciembre de 2021.
Además, los funcionarios a honorarios que cuenten con al menos dos renovaciones al 31 de diciembre de 2022 deberán ser traspasados a la contrata, y respecto de los que tengan menos que ese tiempo, será decisión del jefe del servicio realizar o no el traspaso.



