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Lunes, Octubre 21, 2024
La Mañana por Paulina
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Presidente Piñera promulgó ley que sanciona el comercio ilegal

La normativa otorgará mayores facultades de fiscalización e incautación a los municipios y policías.

En la jornada del lunes, el presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que sanciona y regula el comercio ilegal en el país.

Se considerarán en esta normativa, los ilícitos que contemplen la falsificación o copia de obras, marcas y productos, la comercialización de objetos robados o cuyo origen sea clandestino, que eludan el pago de impuestos, entre otros.

Lo anterior, con el fin de frenar la evasión de impuestos, protegiendo al comercio establecido formal del impacto de la competencia desleal, y velar por la protección de los derechos de los consumidores.

Bajo la misma línea, la normativa otorgará mayores facultades de fiscalización e incautación a los municipios y policías.

En la ceremoniA de promulgación, el mandatario sostuvo que “el comercio ilegal es un fenómeno muy complejo, pero no sólo se traduce en las calles, sino que es una red que se origina mucho antes en que participan algunos que hacen del delito una actividad permanente”.

“El comercio ilegal significa una red, a veces, de crimen organizado y verdaderas mafias que buscan saltarse todas las leyes, y eso produce beneficio para unos pocos pero daña a la inmensa mayoría de los chilenos”, detalló Piñera.

Asimismo, explicó que “el comercio ilegal, al no pagar impuestos, resta recursos al Estado para poder cumplir sus tareas en materia social” y que “lo importante que esta ley entrega mejores herramientas para controlar, fiscalizar y sancionarlo.”

Finalmente, Piñera destacó que con la promulgación de esta ley, “se verán beneficiados todos los chilenos, pero principalmente, todos los pequeños y medianos comerciantes que sufren esta competencia desleal”.

Entre los delitos que considera esta nueva ley, se encuentran la falsificación, la reproducción o venta no autorizada de obras literarias, artísticas o científicas protegidas por la ley de propiedad intelectual. 

También de fonogramas, videogramas, discos fonográficos, cassettes, videocassettes, filmes o películas cinematográficas o programas computacionales.

Además se considera la receptación y el uso malicioso y con fines comerciales de una marca comercial igual o similar a otra ya inscrita.

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