El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Pablo Sebastián Hidalgo Trigo a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación perpetrado en junio de 2020, en un local comercial de la ciudad.
Aproximadamente a los 08:00 horas del 17 de junio de 2020, Hidalgo Trigo llegó hasta el local comercial de nombre ‘Jhony’, ubicado en calle Bernardino Guerra para una vez en el lugar y premunido de un arma de fuego (marca Llama, modelo especial, calibre 7.65 mm), con un cargador con seis cartuchos y un tubo supresor de sonido (silenciador), proceder en un primer momento a apuntar al cuerpo de la víctima, identificada como E.Y.V.U.
La víctima, producto del temor se escondió al interior del local, procediendo el imputado a saltar el mesón de atención de público, intimidando nuevamente a la víctima, generándose un forcejeo por el arma y un intercambio de golpes. Luego de gritar pidiendo auxilio, una testigo que se encontraba en otras dependencias de dicho inmueble, se presentó a ayudarla. Tras esto, el victimario se dio a la fuga, dejando botada en el lugar el arma utilizaba por el acusado para intimidar.
Producto de las agresiones del acusado, la víctima resultó con diversas lesiones de carácter leve, consistentes en hematomas en cuero cabelludo y laceración en mano derecha.
Se pudo establecer que cinco de las seis municiones incautadas se encontraban aptas para su uso y que el imputado carecía de permiso o autorización para la tenencia o porte de dichos elementos regulados por la ley de control de armas. Sin embargo, el tribunal decretó la absolución de Hidalgo Trigo de la acusación formulada en su contra por el Ministerio Público, que lo sindicaba como autor del delito de porte de dispositivo (silenciador) adosado a arma de fuego, al no lograr acreditar la Fiscalía estuviera en condiciones de uso.
Además, en fallo unánime el tribunal aplicó a Hidalgo Trigo las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure su condena; más el pago de las costas del juicio.
Asimismo, deberá cumplir 541 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor ejecutor del delito consumado de porte de municiones.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.