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Convención despacha al borrador de la nueva Constitución normas sobre el Derecho a la Huelga y Derecho a la Educación

El pleno de la Convención Constitucional aprobó una serie de artículos provenientes de la Comisión de Derechos Fundamentales, los que pasarán al borrador de la nueva Carta Magna.

Entre las normas aprobadas se encuentra el artículo 17° que establece que el Estado deberá financiar el Sistema de Educación “de forma permanente, directa, pertinente y suficiente, a través de aportes basales”.

Además, el primer párrafo del artículo sostiene que “la educación parvularia, básica y media será de acceso universal, y obligatoria desde el segundo nivel de transición hasta la educación media”.

También fue aprobado el artículo 16°, la norma sostiene que “todas las personas tienen derecho a la educación, por lo que es un deber primordial e ineludible del Estado”.

Por otro lado, durante la votación fue aprobado el artículo 8° sobre el derecho a huelga, donde se indica que “la Constitución garantiza el derecho a huelga de trabajadores, trabajadoras y organizaciones sindicales. Las organizaciones sindicales decidirán el ámbito de intereses que se defenderán a través de ella, los que no podrán ser limitados por la ley”.

Junto a esto, también se definió que “las organizaciones sindicales son titulares exclusivas del derecho a la negociación colectiva, y únicas representantes de trabajadores y trabajadoras ante el o los empleadores”.

Asimismo, se aprobó un artículo que precisa que “el Estado garantizará el respeto a los derechos reproductivos de las personas trabajadoras, eliminando riesgos que afecten la salud reproductiva y resguardando los derechos de la paternidad y maternidad”.

En tanto, el pleno también definió la creación del Sistema Nacional de Salud, el que podrá estar integrado por “prestadores públicos y privados”, añadiendo que “la ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse” a esta modalidad.

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