La Corte Suprema confirmó la pena de presidio perpetuo calificado que deberán cumplir Hugo Bustamante y Denisse Llanos por el crimen de la adolescente de 16 años, Ámbar Cornejo, en calidad de autores de los delitos consumados de violación con femicidio y violación con homicidio, respectivamente.
Sin embargo, el máximo tribunal acogió parcialmente el recurso de nulidad deducido por la defensa de Bustamante por el delito de abuso sexual, por lo que se redujo en dos años la pena del sujeto, quien mantendrá la pena de presidio perpetuo calificado por el crimen de la joven.
Al respecto, el fiscal Daniel Polanco explicó que “la Corte estimó que existió un error en la aplicación del derecho en uno de los delitos de carácter sexual que afectaba a la víctima que no es Ámbar”, además de “considerar que el tribunal de base le impuso una pena más alta que la establecida en la ley, a la época de comisión”.
Con esta resolución, la pena que sumaba 27 años, fue disminuida a 25, los que deberá cumplir además de la pena perpetua calificada que equivale a un mínimo de 40 años de cárcel efectiva antes que pueda solicitar beneficios.
Por otro lado, la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Denisse Llanos, pareja de Bustamante y madre de la víctima, por lo que mantendrá la pena de presidio perpetuo calificado y diversas penas que suman 20 años por los hechos sexuales perpetrados contra su hijo menor.