Suprema rechaza nulidad contra sentencia que condenó a 6 años y 2 días de cárcel a exsoldado que atropelló a joven ciclista de Iquique

La Segunda Sala del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de nulidad y remitió los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Iquique.

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La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Iquique, que condenó a Óscar Mardónez, en calidad de autor de los delitos consumados de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte del joven Francisco Mesías, y por el delito de incumplimiento de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad del accidente, ilícitos ocurridos en marzo de 2019 en la ciudad de Iquique.

En detalle, la Segunda Sala del máximo tribunal –conformada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la abogada integrante, Pía Tavolarii- descartó la infracción al debido proceso en la investigación del Ministerio Público, rechazando el libelo.

Dicho recurso fue presentado ante la Corte Suprema el pasado 16 de febrero por el abogado Pablo Muñoz, defensor del condenado, en contra de la sentencia penal condenatoria dictada el 7 de febrero del presente año por el TOP de Iquique, que condenó a Mardónez a dos penas de 3 años y un día de presidio efectivo.

Tras dicha acción, la familia de Francisco Mesías, más conocido como “Francho”, a través de su abogado querellante, Enzo Morales, pidió que se declarase inadmisible el recurso de la nulidad por “falta de fundamentos”. La solicitud fue presentada el 25 de febrero.

“De conformidad con el artículo 382 del código procesal penal (CPP), solicito que se declare inadmisible la causal principal, segunda y tercera, deducidas conjuntamente en el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del condenado Oscar Mardones Cortés, en contra de la sentencia definitiva de fecha 07 de febrero de 2023”, indica la petición.

Posteriormente, el pasado 1 de marzo la Segunda Sala de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de nulidad y remitió los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Iquique para que, previo examen de admisibilidad, resuelva el recurso.

El abogado Morales valoró la decisión del máximo tribunal, que “acogió los argumentos y declaró inadmisible el recurso de nulidad presentado por el responsable de la muerte de Francho”.

De igual forma, el jurista espera que la Corte de Apelaciones de Iquique rechace el recurso de nulidad y “mantenga firme la sentencia de cárcel efectiva” contra el condenado.

“Esperamos que la Corte de Apelaciones de Iquique en el mismo sentido, rechace la nulidad y mantenga firme la sentencia condenatoria penal de cárcel efectiva en contra del funcionario del Ejército Óscar Mardones Cortés y que prontamente se dé orden de ingreso a la cárcel de Alto Hospicio”, enfatizó Morales.

Corte Suprema declara inadmisible el recurso “por falta de fundamentos”

Según el fallo, la Corte Suprema declaró la inadmisibilidad del recurso presentado por Pablo Muñoz –abogado integrante de la Corte de Apelaciones de Iquique para el año judicial 2023– “por falta de fundamentos”, considerando que “los argumentos esgrimidos se vinculan con la errónea aplicación del derecho, causal que no permite reconducción”.

El máximo tribunal detalló que en el recurso se advierte que lo alegado por el jurista en la causal principal tiene relación “con la aplicación de una norma penal, lo que constituye más bien la causal de nulidad del literal b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, la que no es procedente reconducir a una Corte de Apelaciones”, motivo por el cual el recurso fue declarado inadmisible.

“Visto además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado; remítase los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Iquique, para que previa revisión en cuenta del libelo intentado, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución”, sostiene el documento.