Operación Colombo | Corte Suprema condena a exagentes de la DINA por secuestro calificado de fotógrafo

La Corte Suprema rechazó recursos de casación y confirmó la sentencia que condenó a 25 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado de Teobaldo Antonio Tello Garrido. 

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PATA: La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a 25 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional por su participación en el secuestro calificado del fotógrafo Teobaldo Antonio Tello Garrido, quien desapareció el 22 de agosto de 1974 y fue una de las 119 víctimas que aparecieron en las nóminas de la maniobra de desinformación internacional conocida como Operación Colombo.

La Corte Suprema rechazó recursos de casación y confirmó la sentencia que condenó a 25 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado de Teobaldo Antonio Tello Garrido. 

El fotógrafo chileno es un detenido desaparecido desde el 22 de agosto de 1974 y una de las 119 víctimas que aparecieron en las nóminas de la maniobra de desinformación internacional conocida como “Operación Colombo”.

En la sentencia,  la Segunda Sala del máximo tribunal descartó error en la sentencia impugnada. El fallo del máximo tribunal condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann a 13 años de presidio por su responsabilidad como autores del delito.

En tanto otros 19 imputados deberán cumplir una pena de 10 años de presidio como autores, mientras que el agente Samuel Fuenzalida deberá purgar una pena de 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, como autor del delito. Asimismo, Víctor Manuel Álvarez Droguett fue sentenciado a una pena de 4 años de cárcel, con el beneficio de la libertad vigilada, cómo cómplice del delito. 

La sentencia recalca que estos crímenes deben ser subsumidos a la luz del Derecho Internacional Humanitario dentro de la categoría de crímenes contra la humanidad, debido a la naturaleza de los hechos y su conexión con violaciones a los derechos humanos graves, masivas y sistemáticas.

A su vez, el fallo destaca la imprescriptibilidad de estos crímenes, su imposibilidad de amnistía y la prohibición de consagrar excluyentes de responsabilidad que intenten evitar la investigación y sanción de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos.

En este sentido, la sentencia desestimó la infracción en los hechos establecidos por los tribunales de primera instancia al tratarse de crímenes de lesa humanidad y en el aspecto civil se confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar indemnización a familiares de la víctima.