Ley Karin | Presidente Gabriel Boric promulga ley contra acoso laboral

Esta nueva regulación adopta, entre otras, medidas de adecuación relacionadas a los lineamientos del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo.

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Este viernes el presidente Gabriel Boric promulgó la Ley Karin, la que busca fortalecer la que modifica varios cuerpos legales con el fin de fortalecer las medidas de prevención, investigación y sanción del acoso y la violencia laboral en diversos ámbitos, tanto en el sector público como en el municipal.

El jefe de Estado indicó que “esto demuestra que podemos hacer de Chile un país más seguro, amable y respetuoso. El cambio que hoy se hace es también cultural, de hacer visible lo hasta ahora invisible, de aprender a respetarnos y cuidarnos para vivir mejor, más felices (…) Contar con un ambiente laboral saludable, seguro y libre de discriminación, es una dimensión de lo que conocemos por trabajo digno y una condición necesaria para lograr el desarrollo justo e igualitario al que aspiramos”.

“Desde el Gobierno, pondremos lo mejor de nosotros para la correcta implementación de esta ley. Esto no puede quedar sólo en el papel ni en la foto de hoy. Al igual que en su tramitación, esto requerirá de un gran esfuerzo de todas las partes, de los trabajadores y trabajadoras, de los empleadores, de la sociedad en su conjunto”, agregó.

La iniciativa, que lleva este nombre en reconocimiento de Karin Salgado, Técnico en Enfermería de Nivel Superior (TENS), establece la obligación de contar con protocolos para fortalecer la prevención y protección de las trabajadoras y trabajadores contra la violencia, el acoso laboral y el acoso sexual en los lugares de trabajo.

Esta nueva ley establece protocolos y medidas concretas para garantizar entornos laborales seguros para las y los trabajadores. Entre los cuerpos legales que modifican la Ley Karin están el Código del Trabajo, leyes orgánicas constitucionales y estatutos administrativos.

Además, esta normativa establece un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual y la violencia en el trabajo como obligación de las empresas y de los órganos del Estado. Esta nueva regulación adopta, entre otras, medidas de adecuación relacionadas a los lineamientos del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo.

También se avanzó en el perfeccionamiento de los procesos de investigación del acoso sexual y se incorporaron a la regulación las conductas de acoso laboral y la violencia en el trabajo.

Al mismo tiempo, con las modificaciones realizadas por el Gobierno se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los correspondientes procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los y las denunciantes.

Además, el proyecto incluye normas relativas al derecho que les asiste a los trabajadores para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, estableciendo medidas referidas a resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.

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