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Diario Oficial publica decreto que declara a Mar de Pisagua como área marina protegida

La superficie comprende el cuidado de 73.500 hectáreas y se encuentra ubicada frente a las costas de la localidad de Pisagua.

El lunes se oficializó la creación del Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos de la región de Tarapacá denominada “Mar de Pisagua” con la publicación del decreto en el Diario Oficial.

La promoción de esta iniciativa comprende como objetos de conservación tanto la flora como la fauna del lugar. Entre ellos, el pingüino de Humboldt, la tortuga verde, el lobo fino austral, los peces de roca y chungungo, los sitios de anidación y reproducción de aves marinas, la pesca artesanal tradicional y el patrimonio histórico cultural subacuático.

El decreto detalla que la franja costera “es habitada por una alta diversidad de especies de peces neríticos, así como diversos peces costeros, o también denominados peces de roca, asociados a los bosques de macroalgas y fondos rocosos como el pejeperro, sargo, mulato, apañado, San Pedro, pejesapo, acha, cabrilla, vieja colorada, entre otros”. 

El área propuesta también alberga macroalgas Macrocystis pyrifera, Lessonia trabeculata y L; aves marinas, entre las que destacan principalmente las aves guaneras. Respecto a la diversidad de mamíferos marinos, es posible identificar el lobo fino austral, el lobo de mar común, el chungungo, el delfín nariz de botella y los cachalotes, entre otras especies.

Recordemos que el 1 de marzo la Contraloría General de la República (CGR) cursó el decreto que declaró área marina costera protegida de múltiples usos al Mar de Pisagua. La superficie comprende el cuidado de 73.500 hectáreas y se encuentra ubicada frente a las costas de la localidad de Pisagua.

Además, el Ministerio de Medio Ambiente tendrá 36 meses para dictar un plan de manejo del área, el que deberá contener acciones concretas para hacer efectiva su conservación. Así, la misma cartera quedará a cargo de la supervigilancia del área protegida.

“El Ministerio del Medio Ambiente elaborará el plan de manejo considerando la participación de los órganos de la administración del Estado con competencia sobre los usos y actividades desarrollados en el área, así como de las organizaciones y comunidades interesadas. La resolución que apruebe el plan de manejo establecerá un consejo local de gestión del área, quien será el ente encargado de su administració”, agrega.

Por último, el decreto ordena que cualquier actividad que se realice en la zona resguardada deberá ser compatible con los objetos de protección de esta y deberá ajustarse a lo dictado en el respectivo plan de manejo.

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