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Corte de Apelaciones de Iquique rechaza amparo económico interpuesto por empresarios de Punta Cavancha en contra de la Municipalidad de Iquique

La decisión judicial respalda la medida municipal de regular el horario de venta de alcohol en el sector Cavancha, destacando su fundamento legal y la consideración de las necesidades específicas de la zona.

La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó el recurso de amparo económico interpuesto por empresarios de Punta Cavancha en contra de la Municipalidad de Iquique por la ordenanza aprobada en febrero pasado que modifica los horarios de terrazas en la Península Cavancha y que entrará en vigencia el próximo 1 de abril de 2024.

Específicamente, dicha medida, presentada por la administración del jefe comunal y respaldada por el Concejo, restringe el uso de espacios públicos a horarios acotados a partir de abril.

Según la ordenanza, la venta de alcohol en el sector de Península Cavancha podrá realizarse de lunes a jueves desde las 10:00 a.m. hasta la 00:01 del día siguiente. Los viernes, sábados y vísperas de festivos, la venta podrá extenderse hasta la 01:00 a.m. del día siguiente.

El recurso presentado por empresarios de Punta Cavancha señala que la medida aprobada por la Municipalidad de Iquique infringe el “derecho garantizado en el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, perturbando, amenazando y vulnerando sus derechos económicos” ya que la ordenanza “restringe ilegal y arbitrariamente el expendio de bebidas alcohólicas”, lo que afecta a los establecimientos comerciales amparados con patentes de alcoholes clasificadas como letras “M” y “C” en la Ley 19.925.

En su resolución, la Corte de Apelaciones señala que “no se vislumbra que la decisión adoptada [por el Concejo Municipal] restrinja o vulnere la libertad económica de los recurrentes por cuanto el alcalde, con acuerdo fundado con el Concejo Municipal, solo viene en hacer un uso fundado de la facultad entregada por el legislador dispuesta en la Ley de Alcoholes”, ya que no niega la venta sino que regula un horario diferenciado de expendio de alcoholes de acuerdo a las características y necesidades de una determinada zona de la ciudad.

Además esta medida, que entrará en vigor el 1 de abril de 2024, incluirá fiscalizaciones y posibles sanciones al uso de terrazas en espacios públicos para el consumo de alcohol. No obstante, la ordenanza no implica el cierre de locales ni restringe la venta de alimentos, centrándose únicamente en la venta de bebidas alcohólicas en el área mencionada de la comuna.

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