Por el delito de manejo en estado de ebriedad causando muerte, lesiones graves y daños fue condenado el acusado Reynaldo Challapa Vilca, chileno, a la pena de cinco años de presidio luego que la Fiscalía de Iquique acreditara su participación en un accidente de tránsito que causó la muerte de su pareja que iba de copiloto.
Los hechos probados por la fiscal (s) María Alejandra Jorquera dan cuenta que el 6 de noviembre del año 2022, en horas de la madrugada, el acusado conducía en estado de ebriedad un vehículo Nissan Juke, saliendo de playa Huayquique por la ruta A-620, y en el asiento del copiloto se encontraba su cónyuge Carmen Canaviri Huayllani.
Al llegar a la intersección de avenida Arturo Prat, el condenado no respetó el derecho preferente de paso de la camioneta Ford que venía por esa avenida conducido por G.M.C., quien también estaba en estado de ebriedad, razón por la se produjo la colisión de los vehículos, resultando ambos con daños de consideración.
A consecuencia del choque falleció Carmen Canaviri, producto de un politraumatismo visceral y esquelético complicado. Por su parte G.M.C. resultó con lesiones de carácter grave, consistentes en traumatismo encéfalo craneal y fracturas costales.
Al concurrir, Carabineros se percató que ambos conductores se encontraban en manifiesto estado de ebriedad: el acusado presentaba una graduación alcohólica de 1,62 gramos por mil de alcohol en la sangre y G.M.C. de 1,58 gr/ml.
En el juicio, la Fiscalía presentó los testimonios de la víctima G.M.C. y del perito de la Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT) de Carabineros que estuvo a cargo del informe pericial, concluyendo que el móvil del acusado ingresó al cruce no regulado sin respetar la señal Pare, obstruyendo la circulación del otro vehículo y provocando la colisión.
También declararon los médicos del Servicio Médico legal que confirmaron la causa de muerte de la víctima fallecida, así como las lesiones de carácter grave que sufrió el otro conductor producto de la colisión; y se presentaron los informes de alcoholemia de ambos conductores.
Terminado el juicio, el tribunal resolvió condenar al acusado a la pena de cinco años de presidio, debiendo cumplir el primer año en forma efectiva y los siguientes años con el beneficio de libertad vigilada intensiva. Además se le condenó a la inhabilidad perpetua para conducir vehículos motorizados.