El Tercer Juzgado de Letras de Iquique acogió la denuncia interpuesta por Capitanía de Puerto en contra del patrón de una lancha que realizó operaciones de pesca en sector reservado a embarcaciones de menos de 12 metros de eslora.
En el fallo, el magistrado David Sepúlveda Cid dio por acreditada la infracción y estableció una multa de 15 UTM, además de la suspensión de la licencia o título de patrón o capitán de la embarcación, por el término de 30 días.
El tribunal determinó que la embarcación Loreto V, la cual corresponde a una lancha pesquera artesanal con una eslora total de 17,96 metros, zarpó desde Iquique el 11 de noviembre de 2021, desplazándose para efectuar dos lances de pesca a una distancia de 0,76 y 0,29 millas náuticas de la costa, recalando al día siguiente.
Los hechos configuraron una infracción a la Ley 18.892 que reserva el desarrollo de actividades pesqueras extractivas dentro de la primera milla marina a las embarcaciones de una eslora total inferior a 12 metros.
También configuran una infracción “a la Ley del Ramo, que sanciona la captura de especies hidrobiológicas sin autorización o permiso o en contravención a la inscripción en el registro pesquero artesanal”.
Sin embargo, el tribunal no pudo estimar, con los antecedentes allegados a la causa, que el infractor “haya provocado daño al recurso hidrobiológico y/o al medio ambiente que deba ser considerado al momento de determinar la sanción aplicable”.
“En fin, el resto de la prueba incorporada, también valorada pero no referida expresamente, en nada altera lo concluido, pues simplemente constituyen una reiteración de los asertos establecidos en este fallo”, concluyó el fallo.