El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) detectó a través de una fiscalización documental y digital que un 70% de las Instituciones de Educación Superior (IES) del país no están cumpliendo con la Ley Pro Consumidor respecto de la entrega gratuita de ciertos certificados a los estudiantes y ex estudiantes.
Durante la fiscalización, el Sernac revisó el comportamiento de 111 Instituciones de Educación Superior a nivel nacional, respecto del cumplimiento de la Ley Pro Consumidor (Ley 21.398) en 52 universidades, 27 institutos profesionales y 32 centros de formación técnica.
La fiscalización se desarrolló a partir de antecedentes aportados por las instituciones y el análisis de la información disponible en los sitios web de las casas de estudios respecto a la entrega de documentos, tales como certificados de estudios, de notas, de estado de deuda y otros análogos. En particular, de qué manera o procedimiento los otorgan, si en forma gratuita u onerosa, y en qué plazos.
Tras analizar los antecedentes, un 70% de las entidades no cumplieron con la normativa debido a que no mencionan acceso alguno a los certificados o porque exigen un pago por ellos.
Por su parte, el 18% de las entidades de educación superior permite el acceso a dicha documentación, pero se requiere una serie de pasos que impiden un acceso fluido a la información; o bien, no existe información clara, veraz y oportuna respecto del procedimiento de obtención de la documentación requerida.
Solo un 12% de las Instituciones de Educación Superior cumple con entregar información clara, veraz y oportuna sobre el acceso a los certificados.
Respecto de los sitios web de las IES, las principales falencias detectadas son la falta de información clara sobre la gratuidad de ciertos certificados, la ausencia de accesos directos a la información sobre certificados en la página principal y la dependencia de la intranet para la solicitud de certificados.
También se estableció que hay falta de transparencia sobre los costos y procedimientos de solicitud, además de una comunicación deficiente sobre el tema a través de asistentes virtuales, la ausencia de un enlace público y permanente para la solicitud de certificados y la falta de resultados útiles en búsquedas externas en buscadores como Google.
Acciones de Sernac
Ante este escenario, y considerando que es la primera vez que se realiza un proceso de fiscalización en esta materia, el Sernac envió un oficio circular a las Instituciones de Educación Superior para reforzar sus deberes en relación con la entrega de certificados de estudio, recordando la importancia de disponibilidad y acceso a la información veraz y de forma oportuna.
Además, los antecedentes recabados serán derivados a la Superintendencia de Educación Superior (SES), que es el organismo público responsable de velar porque las instituciones de educación superior cumplan con la ley y respondan a los compromisos convenidos con sus estudiantes.
El servicio realizará próximamente nuevas fiscalizaciones para verificar las correcciones implementadas por las IES tras el envío del oficio circular.
¿Y si la institución no cumple?
En caso de que la institución no respete este derecho, puedes realizar tu reclamo en:
- Ingresando Portal del Consumidor, a través de tu Clave SERNAC o ClaveÚnica.
- Llamando gratis al 800 700 100, de lunes a viernes 09:00 a 19:00 hrs.
- Acudiendo a cualquiera de las oficinas de atención de público a lo largo del país.
- O a través de la plataforma de reclamos y denuncias de la Superintendencia de Educación Superior.
¿Qué dice la Ley?
La Ley Pro Consumidor establece que las universidades, institutos profesionales y de formación técnica, deberán otorgar gratuitamente los certificados de estudios, de notas, de estado de deuda u otros análogos, a solicitud del alumno, exalumno o de aquel que haya suspendido sus estudios o se encuentre moroso en la respectiva institución educacional.
Estos certificados podrán ser solicitados hasta por dos veces en un año y deberán ser emitidos dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la presentación de la respectiva solicitud.
La emisión de los mencionados certificados podrá ser realizada a través de medios electrónicos y deberá serlo en papel en los casos en que el establecimiento no cuente con medios electrónicos, o así sea solicitado expresamente.