La Corte de Apelaciones de Iquique acogió un recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública y ordenó descontar 403 días de prisión preventiva que una persona cumplió en una causa anterior en la que fue finalmente absuelta. Con esta decisión, el tribunal evitó que el condenado permaneciera más tiempo privado de libertad del que legalmente le corresponde.
La acción fue presentada por la defensora penal pública Shujuan Jia, quien advirtió que su representado había estado más de un año en prisión preventiva en una causa previa, sin que ese tiempo hubiese sido abonado en ningún otro proceso. La nueva condena, dictada el pasado 13 de mayo por tres delitos con cumplimiento efectivo, no consideró este período, lo que motivó la presentación del recurso.
El tribunal de primera instancia había rechazado el descuento, argumentando que se trataba de causas distintas. Sin embargo, la Corte de Apelaciones resolvió lo contrario, señalando que una interpretación restrictiva vulnera el derecho fundamental a la libertad personal.
En su fallo, los ministros recordaron que el Código Procesal Penal no prohíbe el descuento de días cumplidos en otras causas y recalcaron que ignorar este tiempo, especialmente cuando existe una sentencia absolutoria, contraviene tanto la legislación nacional como los tratados internacionales de derechos humanos.
La Corte resolvió sin necesidad de alegatos orales y ordenó el descuento inmediato de los 403 días a la pena actual.
Desde la Defensoría Penal Pública de Tarapacá destacaron la importancia del fallo, señalando que sienta un precedente frente a una práctica judicial preocupante, donde algunos jueces aplican el concepto de “cuenta corriente” de días de prisión de forma arbitraria, sin considerar principios esenciales del derecho penal.
El fallo reafirma que una defensa efectiva es clave para garantizar justicia y proteger derechos fundamentales.



