Este martes el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Iquique emitió un veredicto condenatorio contra los exmarinos S.M.P.N. y C.A.G.S. como autores del homicidio calificado, con agravante de alevosía, de Milton Domínguez, persona en situación de discapacidad y de calle, que falleció tras la golpiza propinada por los exuniformados en 2023.
En el veredicto leído por el tribunal, los magistrados dieron por acreditado que cerca de las 04:30 horas del 19 de mayo, los acusados, junto a otros dos funcionarios de la Armada, en comisión de servicio y en condición de franco, caminaban por las calles Bolívar con Ramírez en Iquique, lugar en que sostuvieron una discusión con la víctima de 60 años, en evidente situación de discapacidad, pues le faltaba una de sus piernas y se desplazaba con ayuda de dos muletas, con clara inferioridad física y con imposibilidad de defenderse.
En ese contexto, uno de los marinos lo empujó para que cayera al suelo, luego el acusado S.M.P.N. lo agredió con las muletas y golpes de pie en su cabeza y cuerpo, golpeándolo también en la cabeza otros de los sujetos que lo acompañaban, mientras que el acusado C.A.G.S. lo golpeó con un cinturón en la parte superior del cuerpo.
A raíz de la agresión, la víctima resultó con múltiples fracturas, por lo que fue posteriormente trasladado al hospital regional de Iquique, donde falleció en la mañana de ese día como consecuencia de un traumatismo encéfalo craneano cerrado.
En este proceso judicial el fiscal Francisco Almazán presentó los testimonios de testigos, de funcionarios de la Brigada de Homicidios y del Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones (PDI) que realizaron las diligencias investigativas, y del perito del Servicio Médico Legal (SML) que confirmó la causa de muerte.
Además, la Fiscalía Local de Iquique ofreció un procedimiento abreviado, pero la defensa de los acusados rechazó la propuesta y decidió llevar el caso a juicio, confiando en la inocencia de sus clientes.
Sin embargo, el tribunal determinó en esta jornada que ambos exmarinos son culpables del homicidio calificado de Milton Domínguez, actuando con alevosía, ya que la víctima se encontraba en situación de discapacidad.
“Lo que el tribunal da por acreditado es la participación de ambos como autores de un delito de homicidio calificado con la circunstancia de alevosía toda vez que actuaron sobre seguro atendido que la víctima se encontraba en condición de discapacidad sin una pierna en el piso y utilizaron sus propias muletas para darle muerte”, explicó el fiscal Almazán.
En conversación con Radio Paulina, la querellante particular, María José Gutiérrez, calificó el fallo del tribunal como “favorable” y valoró el trabajo realizado durante estos dos años por la Fiscalía y los querellantes.
“Es un fallo bien favorable, también nos deja satisfecho con el trabajo desarrollado durante al menos dos años, tanto por la Fiscalía como por nosotros y los demás querellantes, porque se logró en el fondo ratificar y demostrar la teoría del caso, que era lo que nosotros planteábamos básicamente como querellantes particulares, porque es importante aclarar que si bien íbamos todos realizando un trabajo conjunto, nosotros presentamos una querella de tipo particular y también una acusación particular que difería en sutilezas con el Ministerio Público”, señaló la jurista.
Cabe mencionar que el acusado S.M.P.N. se encuentra en prisión preventiva, mientras que el exmarino C.A.G.S. estaba en libertad, ya que sólo pesaba sobre él la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional.
Atendido el veredicto condenatorio y la pena que arriesgan los acusados, el persecutor solicitó la prisión preventiva de C.A.G.S., lo que fue acogido por el tribunal por peligro de fuga.
Tribunal descarta supuesto robo por parte de la víctima
En la audiencia de este martes, el fiscal Francisco Almazán dijo que el tribunal descartó que hubiera ocurrido un robo previo por parte de la víctima, a pesar de que la defensa mantuvo esa versión hasta el final del juicio.
Según el persecutor, la investigación no pudo confirmar el supuesto robo que alegaron los acusados, reafirmando lo que siempre sostuvo el Ministerio Público, sobre que Milton “nunca participó” en este ilícito.
“El tribunal dio por acreditado que no fue posible establecer que Milton hubiese participado de manera previa (en un robo) (…) esa investigación que ellos (imputados) siempre dijeron del robo si el Ministerio Público la hizo, de hecho la hizo otro fiscal con otra policía y no se logró establecer efectivamente el robo a estas personas”, añadió.
En esta línea, la abogada Gutiérrez indicó que la investigación descartó la participación de la víctima en este hecho y dijo que aunque se hubiese acreditado esta situación, nada justificaba el crimen del Milton en manos de cuatro exmarinos.
“Siempre consideraron la tesis del robo (…) y fue totalmente descartada, más aún la participación de don Milton Domínguez. En ningún caso tuvo participación y si es que hubiese existido esa situación del robo y aunque hubiera sido la existencia del robo, aún así nada, absolutamente nada justificada en el fondo la situación ocurrida respecto a don Milton y el lamentable fallecimiento de este en mano de estas personas, dos de ellas condenadas previamente en garantía y las otras dos condenadas el día de hoy”, enfatizó.
La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por la jueza Marín Wittwer, quedó programada para el jueves 20 de noviembre de 2025 en el tribunal de Iquique.
El Ministerio Público, junto a los abogados querellantes de la Delegación Presidencial de Tarapacá, del Servicio Nacional de Discapacidad y de la familia de la víctima están solicitando se condene a los acusados a las penas de 20 años de presidio.
“Vamos a estar a la espera de lo que determine el tribunal, porque como el día 20 de noviembre va a ser la lectura de la sentencia, ahí los años los va a determinar luego de la discusión que se hizo el día de hoy en cuanto a agravantes, atenuantes, que son un tema un poquito más técnico, pero básicamente la pena va a radicar en eso, en lo que determina el tribunal en la sentencia”, dijo la querellante particular, agregando que esperará a conocer las penas que dicte el tribunal en la sentencia.
Recordemos que en este caso han sido condenados dos de los cuatro exmarinos acusados por el Ministerio Público. Se trata de Percy Cruces y Bastián Ferreira, quienes fueron sentenciados a cinco años de presidio, en régimen de libertad vigilada, tras ser declarados como cómplices del homicidio.



