La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó el recurso de protección presentado por una mujer que buscaba revertir la decisión del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de poner término a su subsidio habitacional, luego de que fiscalizaciones determinaran que no habitaba efectivamente la vivienda social que le había sido asignada.
La beneficiaria recibió el departamento en enero de 2024 en el conjunto habitacional Cerro Caracol de Iquique. Sin embargo, entre mayo de 2024 y octubre de 2025 el Serviu realizó cuatro inspecciones al inmueble, sin encontrarla residiendo en el lugar.
Según consta en los antecedentes judiciales, la mujer explicó que sus ausencias obedecían a problemas de salud y al cuidado de su padre y su abuela. También sostuvo que los bajos consumos de agua y electricidad se debían a que actualmente vive sola, luego de que su hijo dejara de habitar el inmueble.
No obstante, el Serviu señaló que además de las fiscalizaciones recibió una denuncia de la administradora provisional del conjunto habitacional, quien informó que la vivienda figuraba entre aquellas que no estaban siendo ocupadas.
Con esos antecedentes, el organismo resolvió poner término al subsidio habitacional otorgado bajo el Decreto Supremo N°49.
La afectada recurrió a la Corte de Apelaciones argumentando que la medida era ilegal y arbitraria, además de sostener que sus explicaciones no fueron debidamente consideradas.
Sin embargo, el tribunal concluyó que la normativa exige a los beneficiarios de viviendas sociales habitar efectivamente los inmuebles asignados y que el Serviu cuenta con facultades legales para fiscalizar dicho cumplimiento.
Asimismo, la Corte determinó que las resoluciones fueron dictadas por una autoridad competente, dentro de un procedimiento regular y con fundamentos suficientes para acreditar la falta de ocupación del inmueble.
El fallo también destacó que durante la tramitación del recurso no se acompañaron antecedentes que permitieran demostrar de manera efectiva que la mujer residía en la vivienda.
Por ello, la Corte de Apelaciones de Iquique resolvió rechazar la acción judicial y mantener la decisión del Serviu de excluir a la beneficiaria del programa habitacional.



