El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, junto a su par de Desarrollo Social y Familiar, Karla Rubilar, presentaron este miércoles un proyecto de ley para modificar el Código Penal y tipificar de mejor manera los delitos asociados a la Explotación Sexual Comercial en contra de Niños, Niñas y Adolescentes (ESCNAA).
En el Código Penal no se encuentra debidamente tipificada la explotación sexual en menores, dado que se regula principalmente bajo los delitos de “prostitución infantil” y de “obtención de servicios sexuales de menores de edad”, sin una mayor especificación.
Por ello, con este proyecto de ley, se introduce un nuevo párrafo al Código Penal, relativo al “proxenetismo, explotación sexual comercial, y pornografía de niños, niñas y adolescentes”, que permitirá darle un tratamiento correspondiente al fenómeno.
En este sentido, se pretende cambiar el delito de “prostitución infantil” por el de “explotación sexual de una persona menor de dieciocho años”, donde se considerará una pena mayor en los casos en que el ilícito se realice por la dependencia personal o económica del niño, niña o adolescente.
Asimismo, se creará un nuevo artículo que regulará la producción, comercialización, importación, exportación, distribución, difusión y exhibición de material pornográfico infantil, sancionando a quienes a lo elaboren, adquieran y posean.
De acuerdo a los datos entregados por el Ministerio de Justicia, en Chile, entre el 2017 y 2019, los Programas de Protección Especializada en Explotación Sexual Comercial (PEE) del Servicio Nacional de Menores atendieron un total de 4.286 casos de ESCNAA.
De esos, 3.861 eran mujeres (90%) y 425 hombres (10%), siendo la mayor parte de las afectadas (88%) adolescentes de 14 años o más.