Durante la tarde del martes, en la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional, se discutieron una serie de normas transitorias, que serán derivadas a la Comisión de Normas Transitorias que comenzará su trabajo la próxima semana.
Entre las normas aprobadas, se encuentra un artículo transitorio relacionado con el derecho de las personas que han sido víctimas de violaciones a los derechos humanos.
El artículo fue aprobado por 17 votos a favor y 15 abstenciones, y señala que “la Constitución reconoce el derecho de todas las víctimas de violaciones a los derechos humanos, cometidas durante el período de la dictadura, a sus descendientes o representantes legales el acceso a la justicia, el derecho a la verdad, la memoria y la prohibición de la impunidad de los perpetradores”.
Además, la norma sostiene que “la ley número 19.992, que en su artículo 15 declara el embargo de 50 años de los documentos, testimonios y antecedentes aportados a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, es, por tanto, contraria a los principios y derechos reconocidos en esta Constitución”, se añade.
En este sentido, el artículo aprobado deroga dicha disposición y “garantiza el derecho de los tribunales de justicia y auxiliares de justicia a acceder a esta información para dar cumplimiento a estos propósitos”.
Asimismo, la norma “reconoce el derecho de los descendientes o representantes legales de las víctimas de estas violaciones a mantener el secreto si así lo manifestasen ante el organismo que tenga bajo custodia dicha información”.
Cabe mencionar que la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura más conocida como Comisión Valech fue creada en 2003 y recibió más de 35.000 testimonios de personas que vivieron prisión política y sufrieron tortura durante la dictadura militar.
Posteriormente, en 2004 se promulgó la Ley 19.992 que estableció el secreto de todos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas en sus declaraciones, en un plazo de 50 años.