La Mañana por Paulina

    Imputados del Tren del Aragua serán trasladados a Cárcel de Arica

    Se resolvió que se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por Gendarmería de Chile en contra de la resolución de 26 de julio recién pasado dictada en la causa, por el Juzgado de Garantía de esta ciudad.

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    La Corte de Arica declaró este jueves inadmisible el recurso de apelación presentado por Gendarmería en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de la ciudad, que le ordenó el retorno de los imputados del denominado clan “Los Gallegos”, quienes fueron trasladados a recintos penales ubicados en otras jurisdicciones del país.

    En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó la acción constitucional presentada, tras establecer que Gendarmería no tiene la calidad de sujeto procesal que le permita recurrir en contra de una decisión judicial, por lo que, consecuencialmente, dejó sin efecto la orden de innovar decretada el lunes 1 de agosto recién pasado.

    Según indica el fallo la Corte de Arica, “si bien Gendarmería goza de autonomía para adoptar las medidas de traslado, tratándose de imputados no condenados se exige la autorización del Juez de Garantía correspondiente, luego, si aquel no la otorga, las normas citadas no contemplan la posibilidad de impugnar dicha resolución y ello se entiende porque son peticiones administrativas que no pueden causar el efecto de cosa juzgada y con nuevos y mejores antecedentes nada obstaría a requerirlo nuevamente, tal como lo señaló el Juez de Garantía en su resolución”.

    El tribunal de alzada sostiene que nuestro sistema procesal penal ha establecido un sistema de recursos acotado, y en especial el de apelación, ha quedado expresamente limitado a aquellas materias referidas, entre las cuales no se encuentra contemplada aquella resolución cuya revisión se pretende mediante este arbitrio.

    Por lo tanto, se resolvió que se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por Gendarmería de Chile en contra de la resolución de 26 de julio recién pasado dictada en la causa, por el Juzgado de Garantía de esta ciudad. En conformidad a lo resuelto se deja sin efecto la orden de innovar decretada con fecha 1 de agosto del año en curso.

    La Mañana por Paulina