Tribunal de Santiago condena a integrantes de asociación ilícita para tráfico ilícito de migrantes

La organización operaba ingresando a los migrantes por pasos no habilitados, en los que, debido a la ruta a través del desierto y las fluctuaciones de temperatura, se puso en riesgo la vida y salud de migrantes adultos y niños, niñas y adolescentes.

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El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó el pasado viernes 26 de enero a diversos integrantes de una asociación ilícita para tráfico de migrantes. Uno de los líderes, Milton Mamani Mamani fue condenado a la pena de cumplimiento efectivo de 17 años de presidio,  accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de una multa de 20 UTM, en calidad de autor de delitos consumados y reiterados de tráfico ilícito de migrantes agravado. Ilícitos cometidos entre febrero y agosto de 2021.

En fallo unánime, también se condenó a Mamani Mamani a 3 años de reclusión y a la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de asociación ilícita para el tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado.

En tanto, la acusada Wilma Calle Ayaviri deberá cumplir 15 años y un día de presidio, accesorias legales  y el pago de una multa de 20 UTM, en calidad de autora de delitos consumados y reiterados de tráfico ilícito de migrantes agravado; más 818 días de reclusión, en calidad de autora del delito consumado de asociación ilícita para el tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado.

En la causa, el tribunal también condenó a Jhean Vladimir Núñez Muñoz a 11 años de presidio, accesorias y al pago de una multa de 50 UTM, por su participación, en calidad de autor, en el delito consumado de tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado; más 2 años de reclusión y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito consumado de asociación ilícita para el tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado.

En el caso del acusado José Aliscar Barrios Torres, el tribunal lo condenó a la pena de 12 años de presidio, accesorias y al pago de una multa de 20 UTM, en calidad de autor de delitos consumados de tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado.

David Javier Almao Rojas, Robinson Huerta Castillo y Andreina Alejandra Araos Muñoz deberán cumplir 10 años y un día de presidio, accesorias y el pago de multas de 20, 20 y 50 UTM, respectivamente, como autores de tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado.

Asimismo, a los acusados Andreina Alejandra Araos Muñoz, José Aliscar Barrios Torres, David Javier Almao Rojas y Robinson Huerta Castillo, el tribunal les impuso 541 días de reclusión, en calidad de autores del delito consumado de asociación ilícita para el tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado.

Finalmente, Patricio Antonio Galloso Ramírez y Enrique Alfredo Rezzio Fuentes deberán pasar 8 y 7 años recluidos, más las penas accesorias correspondientes y el pago de multa de 20 UTM cada uno, en calidad de autores de delitos consumados de tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado; más 300 días de reclusión por asociación ilícita para el tráfico ilícito de migrantes agravado y reiterado.

El tribunal ordenó el comiso del dinero y especies incautadas en el procedimiento.

Respecto a este caso, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable los siguientes hechos:

Al menos desde el mes de febrero de 2021 hasta la fecha de sus detenciones, esto es el día 18 y 19 de agosto del 2021, Wilma Calle Ayaviri, Milton Mamani Mamani, José Barrios Torres, Patricio Galloso Ramírez, David Almao Rojas, Robinson Huerta Castillo, Jhean Núñez Muñoz, Andreina Araos Muñoz y Enrique Rezzio Fuentes, junto a otras personas no individualizadas y otro sujeto cuya detención se encuentra pendiente, actuando de manera organizada formaron parte de una organización de carácter transnacional, que con ánimo de lucro, facilitó el ingreso ilegal a Chile de migrantes de distintas nacionalidades, principalmente venezolanos, coordinando para ello pagos que se realizaban desde la Región Metropolitana por parte de familiares de las víctimas que se encontraban en esta ciudad.

Estos individuos se asociaron y bajo el liderazgo de Wilma Calle Ayaviri y Milton Mamani Mamani, asumieron funciones para facilitar el ingreso ilegal de los migrantes a Chile, cobrándoles entre US200 y US800 aproximadamente a cada uno por este servicio. Los migrantes, principalmente venezolanos, o sus familiares, pagaban a esta asociación con la finalidad de ingresar al país y llegar a la comuna de Estación Central, tramo que realizaban poniendo en riesgo su vida y la de menores de edad. Dentro del recorrido se consideraba la estadía de los migrantes en llamadas ‘casas de seguridad’, ‘refugios’ u ‘hostales clandestinos’, a la espera de poder culminar el viaje hasta el destino acordado, esto es la comuna de Estación Central, en las que los migrantes a veces esperaban sus viajes hacinados a pesar de la emergencia sanitaria.

La organización operaba ingresando a los migrantes por pasos no habilitados, en los que, debido a la ruta a través del desierto y las fluctuaciones de temperatura, se puso en riesgo la vida y salud de migrantes adultos y niños, niñas y adolescentes.

Además, la organización tenía distintas modalidades de pago, las que podían ser en efectivo, pesos chilenos, dólares, transferencias bancarias a los miembros de la organización o a terceras personas, o envíos de dinero a través de empresas o servicios de envío, utilizando incluso en algunos casos ‘sobres’ que contenían en su interior dinero en efectivo, extrayendo desde el mismo cada una de las personas que conforman la estructura delictual la cantidad de dinero que le corresponde.

Si las víctimas no acreditaban el pago eran mantenidas en las casas de seguridad, refugios u hostales clandestinos en Colchane o en Pozo Almonte hasta verificar el pago a la organización criminal.

La ruta utilizada por los integrantes de esta organización podía comenzar en Venezuela o en el país de origen que corresponda o incluso en Bolivia, teniendo presente que la mayoría de los migrantes provienen de Venezuela, siendo traficados por la organización pasando por la frontera terrestre en la comuna de Colchane, y finalizando en Santiago, en la mayoría de los casos en la comuna de Estación Central, específicamente en las inmediaciones del terminal de buses de esta comuna.

Cabe precisar que en Chile, los líderes del grupo delictual eran Wilma Calle y su cónyuge Milton Mamani, quienes coordinaban el ingreso ilegal de los extranjeros traficados a Chile procedentes desde Bolivia, proporcionando y gestionando los alojamientos temporales, así como también los traslados por etapas hasta sus destinos, principalmente hacia la comuna de Estación Central, en la Región Metropolitana, realizando ellos personalmente y en sus vehículos particulares, algunos de los trayectos.

En la organización criminal, José Barrios y David Almao coordinaban con los miembros de la organización Patricio Galloso y con Robinson Huerta la distribución de las víctimas  en las casas de seguridad u hostales clandestinos en Pozo Almonte, lugares donde debían permanecer, generalmente ocultos hasta su posterior traslado a Santiago, específicamente a Estación Central en las inmediaciones al terminal de buses San Borja.

Estos domicilios corresponden a los que los integrantes de la organización criminal denominan como “casa frente al Parque” ubicada en calle Alianza N°456, Pozo Almonte, y la “casa de las guaguas” ubicada en pasaje Flavio Rodríguez N°439, Pozo Almonte, entre otras.

Los imputados diariamente se hacían cargo del lugar donde mantendrían a las víctimas, en qué buses los trasladarían, en qué horarios y la alimentación que les darían durante su estadía en las casas u hostales clandestinos preocupándose de gestionar pasajes y buses tanto en empresas de recorridos regulares como en buses de recurrido informal, en este último caso con Enrique Rezzio y los imputados Jhean Núñez y Andreina Araos, utilizando al menos en una oportunidad, el bus placa patente CVTD-52, marca Volvo, para de esta forma desocupar rápidamente las casas y continuar recibiendo víctimas.

En tanto, Patricio Galloso, José Barrios, Enrique Rezzio, Andreina Araos y Jhean Núñez, se encargaban del traslado de las víctimas hasta la ciudad de Santiago. Estos viajes los realizaban en buses de recorrido regular o en buses de recorrido informal, en los que incluso se realizaron pagos indebidos a funcionarios públicos.

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