El Senado aprobó por unanimidad el proyecto que impide que una persona condenada por violencia intrafamiliar pueda recibir la pensión de sobrevivencia de su víctima.
La iniciativa establece que quienes hayan sido condenados por delitos de violencia intrafamiliar no podrán ser beneficiarios de la pensión generada por la persona afectada.
Para ello, el juzgado o tribunal deberá dejar constancia en la sentencia del vínculo entre el condenado y la víctima, además de precisar que la condena corresponde a delitos de violencia intrafamiliar.
La senadora Beatriz Sánchez, encargada de informar el proyecto, explicó que la Comisión de la Mujer introdujo modificaciones para perfeccionar el procedimiento y aclarar que será el tribunal, y no la Fiscalía, el encargado de acreditar los antecedentes necesarios.
Durante el debate, distintos senadores señalaron que la medida busca impedir que un agresor obtenga un beneficio económico derivado de la muerte de su víctima.
“La violencia contra las mujeres no es una invención”, “la violencia machista no puede tener beneficio ni amparo institucional” y “no se trata solo de una regla jurídica, sino también de un sistema ético”, fueron parte de las intervenciones.
En la discusión participaron, entre otros, las senadoras Paulina Núñez, Yasna Provoste, Claudia Pascual y la ministra de la Mujer, Judith Marín.
Durante la sesión también se recordó que en lo que va de 2026 se han registrado 10 femicidios consumados y 82 femicidios frustrados en el país.
El proyecto deberá volver ahora a la Cámara de Diputadas y Diputados para su tercer trámite.



